RAZAS POTENCIALMENTE PELIGROSASCOMUNALES

RAZAS POTENCIALMENTE PELIGROSAS

Según el Reglamento de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas publicado el 17 de Agosto de 2018 el cual establece la forma y condiciones en que se aplicarán las normas de dicha Ley, es que podemos extraer las normas que permiten calificar a ciertos especímenes caninos como potencialmente peligrosos y su respectiva reglamentación.

El dueño del canino debe declarar esta condición al momento de la inscripción en el Registro Nacional de Mascotas y Animales de Compañía, y además deberá inscribirlo en el Registro Nacional de Animales Potencialmente Peligrosos de la Especie Canina.

Pero.. ¿ Que canes caben en esta calificación?

Se destacan las raza como Rottweiler, Pitbull , Doberman, Dogo Argentino, y otras menos conocidas como Fila Brasileiro, Bullmastiff, Presa Canario, Presa Mallorquín, y Tosa Inu ; y además sus cruzas con cualquier otra raza.

Sin embargo, no solo canes de raza pueden estar en esta categoría. El reglamento también estableció que la Autoridad Sanitaria, previo requerimiento fundado de un particular y evaluación de este , podría llegar a considerar como potencialmente peligrosos aquellos perros que : 

  • Tengan gran desarrollo de la masa muscular corporal y de los músculos masticatorios, además de gran volumen de cabeza, cuello y tórax. 
  • Hubiera causado lesiones menos graves a graves, mutilaciones o la muerte a una persona.
  • Evidencie dos o más registros de mordeduras a personas en el Sistema de Registro de Animales Mordedores del Ministerio de Salud.

Y.. ¿Qué exigencias existen para los dueños de estos canes?

  • Deben ser mayores de 18 años.
  • Para circular en espacios públicos, los animales deben llevar bozal, arnés y correa adecuados a su tamaño.
  • Deben asegurar que existan cercos seguros que impidan su escape en su lugar de residencia, en donde no podrá quedar a cargo de menores de edad.
  • Participar, junto con su canino, de un curso de adiestramiento de obediencia, el cual deberá ser certificado por el adiestrador
  • Asistir, en un plazo de 6 meses desde su inscripción en el registro respectivo, a lo menos a una charla sobre tenencia responsable de mascotas o animales de compañía que sea dictada por un profesional competente.

Por lo demás el juez o la Autoridad Sanitaria, según sea el caso, tendrá la facultad de decretar algunas condiciones especiales de tenencia como por ejemplo la castración o esterilización obligatoria, o la contratación de un seguro de responsabilidad civil, entre otras.